31/08/2025
La movilidad es un pilar fundamental de nuestra autonomía y calidad de vida. Sin embargo, para muchas personas mayores o con discapacidad, los desplazamientos diarios pueden convertirse en un desafío significativo. Afortunadamente, existen soluciones eficaces como los andadores para ancianos, diseñados para proporcionar el soporte y la estabilidad necesarios. Consciente de esta necesidad, la Seguridad Social en España ofrece subvenciones que facilitan la adquisición de estas ayudas técnicas esenciales. Si usted o un ser querido se encuentran en esta situación, le explicaremos detalladamente cómo acceder a estas prestaciones y qué pasos seguir para recuperar su independencia.

- Marco Legal y Normativo de las Subvenciones
- Proceso General para Solicitar la Subvención de su Andador
- Clasificación y Ayudas para Andadores Subvencionados
- Ejemplo Práctico del Cálculo de la Prestación
- Documentación Esencial para la Solicitud de Subvención
- Trámites de Subvención por Comunidad Autónoma
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Preguntas Frecuentes sobre la Subvención de Andadores
- ¿Quién puede solicitar un andador para adultos subvencionado?
- ¿Puedo pedir la subvención para cualquier caminador de adultos?
- ¿Puedo solicitar otro andador si el que tengo se deteriora con el tiempo?
- ¿Dependerá la prestación de mis ingresos o patrimonio?
- Si vivo en una residencia de ancianos, ¿puedo solicitar la subvención a la Seguridad Social?
Marco Legal y Normativo de las Subvenciones
Para comprender el proceso de solicitud de un andador subvencionado por la Seguridad Social, es crucial conocer el marco legal que lo regula. La principal normativa es el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Posteriormente, la Orden SCB/45/2019 de 22 de enero introdujo modificaciones importantes, especialmente en lo referente al "Catálogo General de material ortoprotésico".
Este catálogo es fundamental, ya que detalla los productos que son objeto de subvención, especificando la parte que cubre la Seguridad Social y la que, en su caso, debe abonar el usuario. Es vital entender que no todos los andadores son subvencionables de la misma manera, y la cuantía de la ayuda varía en función del tipo y las características del dispositivo prescrito. Este sistema busca garantizar que las ayudas lleguen a quienes más las necesitan, con un control sobre la calidad y el tipo de material ortoprotésico.
Proceso General para Solicitar la Subvención de su Andador
El camino para obtener la subvención de su andador de adultos a través de la Seguridad Social sigue una serie de pasos bien definidos, aunque con algunas particularidades que pueden variar ligeramente entre las distintas comunidades autónomas. A continuación, le detallamos el procedimiento general:
- Evaluación Médica y Prescripción: El primer paso es acudir a su médico de cabecera en el Sistema Nacional de Salud de su comunidad autónoma. En algunos casos, su médico de familia le remitirá a un especialista (como un traumatólogo o rehabilitador). Es indispensable que la evaluación de su caso y la determinación de la necesidad de un andador, así como su tipo específico, sea realizada por un médico de la sanidad pública. Este profesional emitirá un documento clave conocido como PAO (Prestación de Artículos Ortoprotésicos), que es la prescripción oficial.
- Adquisición del Andador: Una vez que disponga de la prescripción médica, podrá proceder a la compra de su andador. Es crucial que el modelo que adquiera se corresponda exactamente con el tipo que le ha sido prescrito en el documento PAO. La factura de compra debe ser posterior a la fecha de la prescripción.
- Solicitud de Reembolso: Con la prescripción y la factura de compra en mano, deberá solicitar la devolución del importe subvencionable. Este trámite se realiza a través de los servicios de atención al ciudadano de su comunidad autónoma, que pueden ofrecer opciones presenciales o telemáticas. Es en este punto donde las diferencias entre comunidades autónomas pueden ser más evidentes en cuanto a la documentación específica y los canales de tramitación.
Es importante guardar toda la documentación relacionada con el proceso, desde la prescripción hasta la factura, ya que será indispensable para la tramitación de la ayuda.
Clasificación y Ayudas para Andadores Subvencionados
Dentro de la legislación que hemos mencionado, los caminadores para personas mayores se categorizan de una manera específica para determinar el nivel de subvención. Se agrupan bajo el código 12 06 (Productos de apoyo para caminar manejados por 2 brazos) y, más específicamente, en el subgrupo 12 06 00 (Andadores).
Aunque el Catálogo General de Material Ortoprotésico es extenso y detalla cada tipo de andador con su código específico, podemos entender las columnas clave que determinan la ayuda a través de la siguiente estructura:
| Categoría y Tipo de Producto | Elaboración (Factor de Complejidad) | Vida Media (Meses) | Importe Máximo de Financiación (IMF) |
|---|---|---|---|
| EAN 000A: Andador sin ruedas, fijo y de altura regulable | Estándar | 60 | 90,00 € (Ejemplo) |
| EAN 000B: Andador con dos ruedas delanteras | Estándar | 60 | 120,00 € (Ejemplo) |
| EAN 000C: Andador con cuatro ruedas y asiento | Estándar | 60 | 180,00 € (Ejemplo) |
Interpretación de la Tabla:
- Categoría y Tipo de Productos: Este es el modelo específico de andador que su médico ha determinado como el más adecuado para sus necesidades, basándose en su grado de movilidad y condición física. Cada categoría tiene un código único en el catálogo.
- Elaboración: Se refiere al factor de complejidad en la adaptación o fabricación del producto. Aunque es un dato relevante para el cálculo de la parte subvencionable, como usuario no debe preocuparse por él, ya que su impacto se refleja directamente en el Importe Máximo de Financiación (IMF).
- Vida Media: Indica el periodo de tiempo, en meses, durante el cual se estima que el andador permanecerá operativo y funcional. Una vez transcurrido este plazo, usted tendrá la posibilidad de solicitar un nuevo andador a la Seguridad Social si su condición lo sigue requiriendo.
- IMF (Importe Máximo de Financiación): Esta es la cantidad máxima que la Seguridad Social cubrirá de su andador. Es importante tener en cuenta que, en la mayoría de las comunidades autónomas y para este subgrupo, los primeros 30 euros del coste del andador son siempre a cargo del usuario (copago). La subvención se aplica sobre el resto del importe, hasta alcanzar el IMF establecido para su categoría de andador.
Ejemplo Práctico del Cálculo de la Prestación
Para que el proceso de cálculo de la subvención sea más claro, veamos un ejemplo concreto basado en la información proporcionada. Supongamos que su médico le prescribe un andador de la categoría EAN 000A: un andador sin ruedas, fijo y de altura regulable, cuyo Importe Máximo de Financiación (IMF) es, por ejemplo, de 90 euros (sin tener en cuenta los 30€ de copago inicial del usuario).
- Caso 1: Adquisición de un modelo de 48€
Si usted compra un andador que cuesta 48 euros, la dinámica de la subvención sería la siguiente: usted abonaría los primeros 30 euros como copago. La Seguridad Social, entonces, le subvencionaría los 18 euros restantes (48€ - 30€). En este caso, el coste total del andador está por debajo del IMF, por lo que la subvención cubre la diferencia tras el copago. - Caso 2: Adquisición de un modelo de 120€
Si adquiere un andador con un coste de 120 euros, y el IMF para su categoría es de, por ejemplo, 105,53€ (es decir, el máximo que la Seguridad Social puede cubrir más allá de su copago inicial de 30€), el cálculo sería diferente. Usted pagaría los 30 euros iniciales. De los 90 euros restantes (120€ - 30€), la Seguridad Social le subvencionaría el tope establecido, que en este ejemplo es 75,53€. Por lo tanto, usted abonaría los 30€ de copago más un exceso de 14,47€ (90€ - 75,53€ = 14,47€) que supera el límite de subvención. La Seguridad Social le reembolsaría 75,53€.
Este ejemplo ilustra la importancia de conocer el IMF de su andador prescrito, ya que determinará el máximo que podrá recuperar.
Documentación Esencial para la Solicitud de Subvención
La correcta presentación de la documentación es clave para agilizar el proceso de su subvención. Aunque pueden existir pequeñas variaciones entre comunidades autónomas, los documentos fundamentales que deberá reunir son los siguientes:
- Prescripción Facultativa: Este es el documento más importante. Debe ser emitido por un médico del Sistema Público de Salud, y en él figurará el código específico del andador adaptado a sus necesidades (el PAO o Prestación de Artículos Ortoprotésicos). Asegúrese de que todos los datos estén correctos y legibles.
- Factura de Compra del Andador: Es imprescindible que esta factura sea la original y, lo que es muy importante, que la fecha de la compra sea posterior a la fecha de la prescripción facultativa. Esto confirma que la adquisición se realizó una vez determinada la necesidad médica. La factura debe detallar claramente el producto dispensado, el código del catálogo correspondiente y el importe abonado.
- Identificación del Beneficiario: Deberá presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) y su tarjeta de la Seguridad Social para acreditar su identidad y su condición de beneficiario.
- Acreditación de Cuenta Corriente: Será necesario aportar un documento que acredite la titularidad de una cuenta bancaria (o la autorización a otra persona para recibir el abono) donde se realizará la transferencia de la subvención una vez que sea aprobada. Esto puede ser un certificado bancario o una copia de la libreta de ahorros con los datos completos de la cuenta.
Además de estos documentos generales, algunas comunidades autónomas pueden requerir la cumplimentación de formularios específicos o la presentación de documentación adicional. Es recomendable informarse en los servicios de atención al ciudadano de su región antes de iniciar el trámite.
Trámites de Subvención por Comunidad Autónoma
Aunque el proceso general es similar en todo el territorio español, cada comunidad autónoma gestiona las prestaciones ortoprotésicas con sus propias particularidades, formularios y canales de atención. A continuación, detallamos las especificidades de algunas de las comunidades más pobladas:
Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid, los solicitantes tienen la opción de gestionar la subvención de su andador tanto de forma presencial como telemática. Para la tramitación presencial, puede dirigirse a la red de oficinas de la Comunidad de Madrid, donde le asistirán con la documentación y los formularios necesarios.
Si prefiere la vía telemática, deberá disponer de DNI electrónico o de los certificados digitales correspondientes que le permitan identificarse de forma segura en la plataforma online. Este método suele ser más rápido y cómodo. Un documento clave en Madrid es el Anexo II, que es el formulario que su médico facultativo debe cumplimentar y entregarle, aprobando el tipo de andador adecuado a sus necesidades específicas.
Es fundamental asegurarse de que el médico rellena correctamente este anexo con el código del andador prescrito, ya que será la base para la tramitación de su solicitud de reembolso.
Cataluña
En Cataluña, los trámites para la subvención de andadores se realizan a través del Servei Català de la Salut (CatSalut). El procedimiento se inicia con su médico especialista, quien le entregará el documento conocido como PAO (Prescripción de Artículo Ortoprotésico). Una vez obtenida esta prescripción, el médico o el personal sanitario le orientarán sobre la unidad de tramitación, que habitualmente se encuentra dentro del mismo centro sanitario o en un centro de referencia.
Una vez que haya adquirido el andador, deberá dirigirse a esta unidad de tramitación con el PAO y el resto de la documentación requerida, como la factura de compra, su DNI y la tarjeta sanitaria. El personal de estas unidades le guiará en la cumplimentación de los formularios específicos de la comunidad y en la presentación de toda la documentación para que se inicie el proceso de reembolso.
Andalucía
La gestión de las subvenciones para andadores en Andalucía recae en la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Una particularidad destacable en esta comunidad es que, a diferencia de otras, en Andalucía no se exige al paciente el abono inicial de los primeros 30 euros como copago para el tipo de andador subvencionado. Esto representa una ventaja significativa para los beneficiarios.
La prescripción del caminador debe ser realizada por un médico de asistencia especializada. Las prestaciones ortoprotésicas cubiertas por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) se corresponden con los artículos incluidos en el Catálogo General de Ortoprotésica. Asimismo, el SAS también cubre la reparación o sustitución parcial de componentes deteriorados de productos que ya hayan sido dispensados previamente, lo que es un punto importante a considerar para el mantenimiento de la ayuda.
Una vez con la prescripción, es necesario acudir a la Unidad de Prestaciones en el centro sanitario. Esta unidad es la encargada de entregar al paciente la documentación necesaria, que incluye el original del documento de prescripción (debidamente cumplimentado), una ficha informativa sobre el producto prescrito y una relación de los gabinetes técnicos con los que existe convenio de colaboración. Es crucial tener en cuenta que, si se prescriben productos sin cuantía establecida, se requerirá la aprobación previa de un presupuesto.
Castilla y León
En Castilla y León, el Sistema de Salud de Castilla y León (SACYL) es el encargado de gestionar estas prestaciones. A continuación, se detallan los aspectos clave de su proceso:
1. ¿Quiénes pueden solicitar esta prestación?
Pueden solicitar esta prestación todos los pacientes que dispongan de la tarjeta sanitaria individual de Sacyl y que, por prescripción médica, precisen alguna de las prestaciones ortoprotésicas especificadas en el catálogo.
2. ¿Qué productos se pueden demandar?
La ayuda se aplica a los productos que están específicamente incluidos en el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente dentro de Sacyl. Es fundamental que el andador se encuentre en esta lista para ser subvencionable.
3. ¿Quién prescribe estas ayudas técnicas?
La prescripción debe ser realizada siempre por un médico de atención especializada del Sistema Nacional de Salud. Este especialista debe tener competencia en la materia correspondiente a la clínica que justifique la necesidad del andador, y su prescripción se limitará a los productos recogidos en el Catálogo.
4. ¿Qué documentación debe aportar el paciente?
Para la solicitud de reembolso, el paciente deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud de reembolso en modelo normalizado, debidamente cumplimentado y firmado por el usuario o su representante legal.
- Fotocopia del NIF del solicitante de la prestación.
- Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria Individual de Sacyl del solicitante de la subvención.
- Certificado de la cuenta bancaria (o copia de la libreta de ahorros) con los datos completos (entidad, sucursal, dígitos de control y número de cuenta) del titular. El solicitante debe ser titular o autorizado en dicha cuenta.
- Documento de prescripción e informe técnico del facultativo especialista del Sistema Nacional de Salud.
- Factura original de la adquisición del caminador de adultos. En ella debe figurar de forma expresa el producto dispensado, el código que le corresponde según el catálogo de prestaciones autorizado y el importe abonado.
- En caso de endoso (para artículos cuyo precio supere dos veces el salario mínimo interprofesional y el beneficiario cumpla criterios de necesidad social preestablecidos), se requiere además un informe del Servicio de Trabajo Social.
5. ¿Dónde se debe solicitar?
La solicitud de su prestación puede presentarse en diversas delegaciones y oficinas:
- Gerencias de Salud de Área.
- Centros e Instituciones Sanitarias adscritos a la Gerencia Regional de Salud.
- Servicios Centrales y Periféricos de la Consejería de Sanidad.
- Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
- Cualquier otro lugar contemplado en la normativa vigente para la presentación de documentos administrativos.
6. ¿Quién resuelve la prestación?
La tramitación y resolución de las solicitudes de reintegro de gastos por la adquisición de material ortoprotésico es responsabilidad de la Gerencia de Salud de Área de la provincia donde el paciente tenga asignado su médico de atención primaria.
7. Recursos a la resolución
En caso de que su solicitud sea denegada, usted tiene derecho a formular una reclamación administrativa previa. El plazo para presentar esta reclamación es de 30 días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución denegatoria.
8. Sistema de abono
El pago de las ayudas aprobadas, conforme a las cuantías establecidas en el catálogo de prestaciones en vigor, se realizará mediante transferencia bancaria. El abono se efectuará en la cuenta señalada por el beneficiario en el formulario de solicitud de reintegro.
País Vasco
En el País Vasco, la gestión de las ayudas para material ortoprotésico, incluyendo los andadores, recae en la Inspección Médica. Al igual que en el resto de comunidades, la obtención de un andador subvencionado está sujeta a la prescripción facultativa de un médico especialista.
Su facultativo se encargará de rellenar la documentación correspondiente, en cuyo reverso se suele detallar el procedimiento exacto para solicitar el reintegro de los gastos. Una particularidad importante en el País Vasco es que los caminadores de adultos subvencionables solo pueden ser adquiridos en establecimientos que hayan firmado un convenio de colaboración con el Departamento de Salud del País Vasco. Esto significa que la compra online de andadores no será subvencionable en esta comunidad.
Como en otras regiones, los primeros 30 euros del coste del andador deben ser abonados por el usuario. La diferencia entre el precio del andador y el copago, hasta el tope máximo de reembolso establecido para cada categoría, será la parte subvencionable.
Galicia
En la Comunidad de Galicia, la prestación ortoprotésica se rige por la Orden del 28 de mayo de 2013. Esta normativa establece que los productos subvencionables deben ser dispensados a través de los establecimientos sanitarios de la propia Comunidad que cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades competentes y la legislación vigente.
La modalidad de pago de la subvención es mediante reintegro, con un importe máximo fijado en el Catálogo General de Material Ortoprotésico. Para facilitar los trámites a los ciudadanos, el Servicio Gallego de Salud (Sergas) suele poner a disposición enlaces directos a los establecimientos autorizados y a la documentación necesaria para la solicitud, lo que simplifica la búsqueda de información y el proceso.
Principado de Asturias
Si reside en el Principado de Asturias y necesita solicitar una ayuda para la compra de un andador, la información relevante se encuentra regulada por la resolución de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Salud, que define los diversos aspectos de la prestación ortoprotésica.
Esta resolución se alinea con el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Esto implica que los máximos subvencionables para cada grupo de andadores (subgrupo 12.06.00) son los mismos que se describen en la tabla general de este artículo, con la salvedad de que los primeros 30 euros son abonados por el beneficiario.
Proceso para Conseguir la Subvención en Asturias:
El procedimiento es muy similar a los ya explicados, con algunas particularidades:
- ¿Quién "receta" un andador?: La indicación y prescripción del andador de adultos debe ser realizada por profesionales facultativos especialistas en la materia correspondiente a la clínica. Estos facultativos deben estar en ejercicio como personal del SESPA (Servicio de Salud del Principado de Asturias) o ser especialistas de hospitales vinculados a la red hospitalaria pública del Principado, según lo estipulado en el Artículo 5 de la resolución mencionada.
- Dispensación del andador subvencionado: Solo es subvencionable el tipo de andador que haya sido expresamente prescrito por el facultativo, que se corresponderá con una categoría específica del código asignado en la tabla del catálogo. La subvención se ajustará a los máximos establecidos en dicha tabla, descontando siempre el copago de los primeros 30 euros.
- Procedimiento de obtención de la prestación: Usted tiene dos opciones principales. Puede adquirir el andador por su cuenta y luego reclamar el reembolso del importe subvencionable. O bien, puede acudir a un establecimiento inscrito como colaborador con el SESPA; en este segundo caso, los trámites se realizarán para que el SESPA les abone a ellos.
- Documentos a presentar: Los documentos necesarios vienen especificados en el impreso de solicitud. Un documento que puede ser "novedoso" para algunos es la ficha de acreedor, que es un formulario para registrar los datos bancarios del beneficiario o del establecimiento colaborador para el pago de la subvención.
Dónde Presentar la Solicitud de Subvención en Asturias:
La opción más cómoda y rápida para presentar la solicitud es a través del Registro Electrónico de la Administración del Principado de Asturias, para lo cual necesitará disponer de DNI electrónico, certificado digital o el sistema Cl@ve. También es posible realizar el trámite de forma presencial en el Registro General de Salud del Principado de Asturias, en las oficinas de correos, y en otras oficinas de la Administración.
Preguntas Frecuentes sobre la Subvención de Andadores
Para resolver las dudas más comunes, hemos recopilado una serie de preguntas frecuentes sobre la solicitud de andadores subvencionados por la Seguridad Social:
¿Quién puede solicitar un andador para adultos subvencionado?
Cualquier persona a la que, previamente, un facultativo del Servicio Nacional de Salud de cualquier Comunidad Autónoma le haya prescrito la conveniencia del mismo. Si usted experimenta limitaciones en su movilidad, el primer paso es siempre visitar a su médico de la sanidad pública para que evalúe su caso y determine la necesidad y el tipo de andador más adecuado para usted. La subvención está destinada a facilitar el acceso a estas ayudas a quienes realmente las necesitan desde un punto de vista clínico.
¿Puedo pedir la subvención para cualquier caminador de adultos?
No, la subvención se aplica exclusivamente a aquellos andadores que correspondan con la categoría y el tipo que le hayan sido prescritos por un facultativo de la sanidad pública y que estén incluidos en el Catálogo General de Material Ortoprotésico. Su médico, tras un examen exhaustivo, determinará cuál es el modelo que mejor se adapta a sus necesidades para aliviar sus limitaciones de movilidad. Aunque no todos los andadores comerciales están cubiertos, sí lo están diversas categorías que responden a las necesidades más comunes.
¿Puedo solicitar otro andador si el que tengo se deteriora con el tiempo?
Sí, es posible. Cada categoría de caminador para adultos tiene asignado un periodo de "vida media" o duración estimada, que puede consultar en la tabla del Catálogo General de Material Ortoprotésico. Una vez que haya transcurrido este periodo (generalmente expresado en meses), usted tiene derecho a iniciar nuevamente el proceso de solicitud para obtener un andador nuevo, siempre que su necesidad médica persista y sea confirmada por una nueva prescripción.
¿Dependerá la prestación de mis ingresos o patrimonio?
No, la prestación para la adquisición de andadores por parte de la Seguridad Social no está sujeta a criterios de ingresos o patrimonio. Todos los solicitantes que cumplan con los requisitos médicos y administrativos establecidos tienen derecho a la prestación, independientemente de su situación económica. No se le solicitará ningún documento que acredite sus ingresos o bienes para acceder a esta ayuda.
Sí, absolutamente. Su domicilio, ya sea una casa particular o una residencia de ancianos (pública o privada), no influye en su derecho a solicitar la subvención. De hecho, en muchas residencias, donde las distancias a recorrer pueden ser mayores, el uso de un andador se vuelve aún más conveniente para mejorar la calidad de vida diaria y la autonomía de los residentes. Lo importante es que cumpla con los requisitos médicos y de prescripción del Sistema Nacional de Salud.
Esperamos que esta guía detallada le sea de gran utilidad para entender y solicitar la subvención para su andador. Recuperar la movilidad y la independencia es un paso crucial para una mejor calidad de vida.
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