Consentimiento Informado en Ortopedia y Traumatología

11/02/2021

En el complejo mundo de la medicina, especialmente en especialidades tan trascendentales como la ortopedia y la traumatología, la relación entre el médico y el paciente se erige sobre pilares fundamentales: la confianza, la comunicación y el respeto mutuo. Dentro de esta estructura, el Consentimiento Informado (CI) emerge como una herramienta indispensable, no solo desde una perspectiva legal, sino, y quizás más importante, como un acto ético que valida la autonomía del paciente. Pero, ¿qué implica realmente este concepto y por qué es tan crucial en el ámbito de las lesiones y las cirugías óseas?

La práctica médica, a menudo, nos enfrenta a decisiones de gran calado, donde los resultados pueden variar y las complicaciones son una posibilidad inherente. Es en este escenario donde la 'soledad del cirujano' cobra sentido, alimentada por la complejidad de las patologías, la improvisación de técnicas o las presiones de un sistema de salud que, en lugar de facilitar, a veces complica la praxis. La Medicina Basada en la Evidencia nos impulsa a cuestionar nuestras indicaciones y a buscar la justificación de cada procedimiento, transformando la ortopedia de un mero 'arte' en una 'técnica' que debe ser transparente y consensuada.

¿Cómo se puede solucionar la falta de consentimiento?
La única manera de suplir la falta de consentimiento de la otra parte, es acudiendo al auxilio judicial.
Índice de Contenido

¿Qué es el Consentimiento Informado? Un Vistazo Histórico y Filosófico

El término “Informed Consent”, o Consentimiento Informado, tiene sus raíces no en un evento clínico o científico, sino en los tribunales de Norteamérica, y su antecedente más remoto se remonta a Inglaterra en 1767. El célebre caso de Baker y Stapleton, dos ortopedistas demandados por un paciente tras refracturarle una pierna y usar un aparato experimental sin su conocimiento, sentó un precedente fundamental. La corte dictaminó a favor del paciente, argumentando que era “razonable que un paciente debería ser informado de lo que se le va a realizar, para que se arme de valor y se haga cargo de la situación, de modo que pueda afrontar la operación”. Este hito marcó el inicio de la formalización de la necesidad de informar al paciente.

Desde una perspectiva filosófica, el Consentimiento Informado es el resultado de la interacción de tres principios bioéticos fundamentales: la beneficencia (actuar en beneficio del paciente), la autonomía (respetar la capacidad del paciente para tomar sus propias decisiones) y la justicia (mediadora en este proceso). Aunque estos principios, popularizados por Beauchamp y Childress, facilitan el abordaje de problemas éticos, también pueden generar dilemas debido a su compleja aplicación en la práctica diaria.

La evolución jurídica del Consentimiento Informado en Norteamérica se puede dividir en etapas:

  • Etapa del "Todo o Nada" (Pre-1957): El paciente solo podía consentir o no consentir; no existían términos medios.
  • Etapa de la Calidad de la Información (1957-1972): Se comenzó a valorar qué tan bien se le explicaba el procedimiento al paciente antes de obtener su autorización.
  • Etapa de la Información Exhaustiva (Post-1972): La gestión de la información se volvió más compleja, exigiendo al médico satisfacer tanto lo evidente como las posibles complicaciones, transformando el CI en un derecho para el paciente y un deber para el médico.

La Asociación Médica Americana (AMA) define el Consentimiento Informado como “la explicación, a un paciente atento y mentalmente competente, de la naturaleza y la enfermedad, así como del balance entre los efectos de la misma, y los riesgos y beneficios de los procedimientos recomendados, para a continuación solicitarle su consentimiento para ser sometido a esos procedimientos. La presentación de la información al paciente debe ser comprensible y no sesgada; la colaboración del paciente debe ser conseguida sin coerción; el médico no debe sacar partido de su potencial dominancia psicológica sobre el paciente”. Esta definición subraya la necesidad de evitar la explotación de la asimetría de conocimiento entre médico y paciente.

¿Qué es el consentimiento informado en ortopedia y Traumatología?
¿CÓMO SE HACE? En ortopedia y traumatología deben existir algunos elementos que no pueden faltar en todo Consentimiento Informado en lo que se refiere a posibles complicaciones: Revelación por parte del cirujano del procedimiento, su técnica y la relación entre los beneficios y las posibles complicaciones.

En la práctica, un Consentimiento Informado debe ser claro, completo, veraz, y presentar tanto los pros como los contras del tratamiento, ofreciendo siempre alternativas. Por ejemplo, ante una fractura diafisiaria oblicua corta no desplazada del húmero, se puede optar por un manejo no quirúrgico (con más del 80% de consolidación) o una osteosíntesis. El CI debe asegurar que la decisión del paciente no sea influenciada por las preferencias del cirujano, sino por una comprensión profunda de las opciones y sus posibles efectos adversos (no unión, mal unión, infección, lesión nerviosa iatrogénica, etc.).

El Propósito Fundamental del Consentimiento Informado en Cirugía Ortopédica

Más allá de ser un mero requisito legal, el Consentimiento Informado es una herramienta deontológica, arraigada en la relación médico-paciente. MacCullough, de la Universidad de Texas, destaca tres elementos esenciales del CI en cirugía:

  1. Revelación por parte del cirujano: Explicación detallada del procedimiento, su técnica y la relación entre beneficios y posibles complicaciones.
  2. Entendimiento por parte del paciente: Comprensión del aspecto clínico de su situación.
  3. Procesamiento y decisión: El paciente asimila la información y toma una decisión informada, pudiendo discutirla con su familia o buscar otras opiniones médicas.

Un estudio realizado en México en el año 2000, con 246 pacientes de ortopedia, reveló que solo el 4% comprendía íntegramente el procedimiento explicado para el consentimiento informado, mientras que el 66% lo hacía parcialmente y el 29% pobremente. Esto subraya la necesidad imperante de una comunicación clara, directa y eficaz. Una buena comunicación no solo fortalece la relación médico-paciente, sino que también protege al acto médico en caso de complicaciones inherentes al procedimiento.

La dicotomía entre el paternalismo fuerte (donde el médico decide por el paciente por su 'bien') y el paternalismo débil (donde se asume una falencia de conocimiento en el paciente que debe suplirse) juega un papel crucial. Independientemente del enfoque, la clave es prodigar confianza de forma racional, veraz y eficiente. De lo contrario, el CI se reduce a un acto jurídico sin repercusión ética.

La falta de una comunicación efectiva puede llevar a una percepción de inseguridad por parte del paciente, aumentando las quejas y demandas. En ortopedia, es crucial advertir sobre:

Advertir Siempre No Advertir (Contra la Confianza)
Falla diagnóstica Equivocación en el lado a operar
Falla técnico-quirúrgica Caída desde la mesa de operación
No unión
Infección
Luxación
Necrosis avascular

Contrario a la visión purista que lo ve como un mero proceso deontológico, el Consentimiento Informado se ha convertido en un "mal necesario" impuesto por la jurisprudencia, pero con el potencial de transformarse en un procedimiento ético que respeta la autonomía del paciente. Esta expresión de "mal necesario" surge de la preocupación de que el médico se enfoque en obtener la firma para legitimar su práctica futura, desvirtuando la relación de confianza.

¿Qué es la falta de consentimiento uxorio?
Falta de consentimiento de ambos cónyuges, cuando legalmente se requiere el consentimiento de los dos para la realización de determinados contratos onerosos (Se conoce con el nombre de falta de consentimiento uxorio o marital y se encuentra regulado en el artículo 1322 del Código Civil).

Elementos Clave y Aplicación del Consentimiento Informado en Ortopedia

La redacción de un documento de Consentimiento Informado debe incluir una descripción clara de la intervención y sus objetivos, las molestias y riesgos más importantes (por frecuencia o gravedad), los beneficios esperables, las alternativas factibles (excluyendo tratamientos inútiles), el curso espontáneo de la enfermedad sin tratamiento, y las opiniones y recomendaciones del médico. En ortopedia y traumatología, las posibles complicaciones que no pueden faltar son:

  • Infección
  • No unión
  • Mal unión
  • Necrosis avascular
  • Compromiso funcional
  • Discapacidad asociada a lesiones
  • Discrepancias longitudinales o deformidades angulares
  • Lesiones neurológicas
  • Lesiones vasculares
  • Enfermedad trombo-embólica
  • Muerte

El cirujano debe explicar su obligación sin sesgar la información, buscando que el paciente entienda los beneficios y complicaciones, y otorgue su consentimiento desde una posición racional, en una relación cordial basada en la sinceridad y el respeto por la dignidad humana. Como dijo el doctor Félix Marti Ibáñez en 1960: “Al paciente deberéis llevar la curación cuando se pueda; el alivio, a veces; la esperanza, siempre.”

La aplicación del Consentimiento Informado varía según el contexto de llegada del paciente: consulta externa, hospitalización o urgencias.

Consentimiento Informado en Pacientes de Urgencias

En el servicio de urgencias, la premura y el dramatismo pueden generar confusiones. Aunque las lesiones mortales o que generan discapacidad severa en urgencias no superan el 1%, el cirujano debe clasificar la gravedad para evitar errores médicos. Las urgencias absolutas en ortopedia son pocas y muy específicas: luxaciones, fracturas abiertas, síndrome compartimental, fracturas inestables de pelvis y politraumatismo. En estos casos, la explicación debe ser rápida y concisa, enfocada en el beneficio inmediato, sin caer en pormenores que no son pertinentes en una emergencia. Se debe evaluar rápidamente la edad, competencia, estado legal y la información suficiente del paciente para tomar una decisión.

En situaciones de emergencia, cuando el paciente está inconsciente o indefenso, la familia juega un papel crucial, aportando información y autorizaciones. Sin embargo, en ocasiones, la urgencia puede llevar a descuidar la confidencialidad y la privacidad del paciente, aspectos igualmente importantes. La divulgación de la historia clínica solo es justificable bajo requerimientos legales, enfermedades de salud pública, abuso, auditorías, deceso, donación de órganos, investigación con riesgo o seguridad pública.

¿Qué es el consentimiento informado EN ODONTOLOGIA?
¿Qué es el Consentimiento Informado en odontología? Actualmente, los odontólogos deben informar a sus pacientes de todo lo relativo a sus tratamientos, para ello es necesario que les entreguen para firmar un consentimiento informado, un documento con el que se acredita la voluntad y aceptación del tratamiento de manera libre e informada.

Consentimiento Informado en Pacientes Programados

Para pacientes programados, cuya vida no corre riesgo inmediato (ej. genu varo, hallux valgus, mal unión), la situación es diferente. Aquí, el conocimiento del cirujano sobre el diagnóstico, pronóstico y alternativas es fundamental. La comunicación permite al cirujano navegar entre el paternalismo débil y fuerte, mostrando al paciente la historia natural de su enfermedad y las opciones terapéuticas. La verdad es el centro gravitatorio del CI en estos casos, pues fundamenta una relación estable y permite que los resultados, favorables o desfavorables, sean parte del proceso terapéutico. Como bien señala el doctor Pablo Arango, “Un paciente está dispuesto a perdonarle al cirujano un error, pero no un engaño”.

Investigación e Innovación en Cirugía Ortopédica: Un Desafío Ético

Cuando se utilizan pacientes para investigación o innovación quirúrgica, el Consentimiento Informado adquiere una dimensión aún más crítica, pues a las implicaciones del procedimiento se suman las de la experimentación. La cirugía ortopédica, a menudo, progresa mediante un proceso de ensayo-error que no siempre cumple con la rigurosa metodología de investigación en humanos. Ejemplos históricos como el estudio de Tuskegee o los experimentos nazis y el caso de Enrique II, demuestran la importancia de un marco ético robusto.

El concepto de "innovación en cirugía" puede ser ambiguo. Una técnica puede ser clásica, nueva, renovada, modificada o complementada. Cuando un ortopedista decide pasar de una técnica a otra de forma impulsiva o autoritaria, utilizando al paciente como modelo de experimentación, se genera una profunda repercusión ética. Las modificaciones deben ser juiciosas, disciplinadas, éticas y científicas, siguiendo un método que idealmente empieza en cadáveres, luego en animales y, finalmente, en voluntarios humanos, similar a una fase IV de un estudio clínico controlado en farmacología.

El Código de Núremberg, una declaración mundial clásica sobre investigación, ofrece principios esenciales que deben aplicarse a la investigación en cirugía ortopédica:

  • El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.
  • El experimento debe diseñarse y basarse en experimentación animal previa y conocimiento de la enfermedad.
  • Debe evitarse todo sufrimiento o daño físico o mental innecesario.
  • El experimento debe prometer resultados beneficiosos para el bienestar de la sociedad.
  • No deben realizarse experimentos con riesgo de muerte o daños incapacitantes graves, salvo si los experimentadores son los sujetos.
  • El grado de riesgo nunca debe exceder la importancia humanitaria del problema.
  • Deben tomarse medidas apropiadas para proteger al sujeto.
  • Los experimentos deben ser realizados solo por personas cualificadas científicamente.
  • El sujeto debe ser libre de terminar el experimento en cualquier momento.
  • El científico responsable debe estar dispuesto a terminar el experimento si hay riesgo para el sujeto.

Lamentablemente, en la práctica, es común que los documentos de CI no se diligencien adecuadamente, que se realicen procedimientos con poca experiencia previa, o que la motivación de los estudios responda a caprichos académicos. La falta de un proceso riguroso puede llevar a trabajos de baja calidad, sin interés social, antiéticos, o incluso a la comercialización encubierta.

¿Qué es un formulario de consentimiento informado?
Esta es la finalidad de este Catálogo de Formularios Escritos de Consentimiento Informado. El objetivo es facilitar a la ciudadanía y a los profesionales el listado de procedimientos en que, además de la forma verbal – que es siempre la más importante-, debe añadirse un procedimiento escrito, un formulario de consentimiento informado.

Para mejorar la claridad y seguridad en la innovación quirúrgica, se proponen:

  • Talleres de cirugía experimental.
  • Implementación de los Institutional Review Boards (IRB).
  • Seguimiento juicioso de la metodología de investigación y apoyo en la epidemiología clínica.
  • Fortalecer la historia clínica y la relación médico-paciente.
  • Aprender a estructurar un Consentimiento Informado que permita al paciente entender su enfermedad y tomar la mejor decisión.

Conflictos de Interés: La Relación entre Ortopedia e Industria

Un tema ineludible en la ortopedia es el de los conflictos de interés, dado que los cirujanos a menudo están en la mira de grandes empresas de tecnología que buscan promover sus productos. Esta 'zona gris' entre la industria y la especialidad puede afectar la relación médico-paciente y los resultados clínicos. La industria, a través de regalos, dádivas, patrocinios y pagos directos, puede influir en la utilización de productos, priorizando fines financieros sobre las indicaciones médicas.

La Academia Americana de Cirujanos Ortopedistas (AAOS) ha emitido un Código de Ética para abordar estos problemas. Algunos puntos relevantes incluyen:

Principios Éticos de la AAOS Consideraciones sobre Conflictos de Interés
El cuidado del paciente es el propósito primario. Los conflictos deben resolverse siempre a favor del paciente.
La relación médico-paciente se basa en la confianza y honradez. Se debe revelar cualquier interés financiero (propiedad de farmacias, centros, equipos).
El cirujano debe brindar cuidado competente y compasivo. Es antiético recibir compensaciones (excluyendo regalías) por usar un producto de un fabricante.
Mantener una reputación de honradez y seriedad. Se deben revelar intereses financieros en investigaciones o presentaciones.
Esforzarse continuamente por actualizar conocimientos. El paciente debe tener la oportunidad de obtener medicamentos o artículos fuera del consultorio médico.

Las recomendaciones de la Sociedad Americana de Ortopedia y Traumatología (2000) sobre obsequios y becas buscan que el beneficio final sea para el paciente, que haya una verdadera investigación, y que los obsequios sean con propósitos educativos, sin restricciones a la práctica o publicación. Se diferencia entre obsequios aceptables (libros, fondos para equipos, becas departamentales) y los inaceptables (contratos de investigación restrictivos, entrenamientos sin educación, regalos no educativos, objetos de alto valor personal, viajes patrocinados). La definición de conflicto de intereses es clara: “Existe conflicto de intereses cuando a causa de una ganancia personal, un individuo tiene la posibilidad de ser menos objetivo cuando es llamado a emitir un juicio o a interpretar un resultado”.

Preguntas Frecuentes sobre el Consentimiento Informado en Ortopedia

1. ¿Es el Consentimiento Informado solo un papel que debo firmar?
No. Aunque el Consentimiento Informado se materializa en un documento escrito, es fundamentalmente un proceso de comunicación y entendimiento entre usted y su médico. El papel es una evidencia de que este proceso ha ocurrido, pero lo más importante es la conversación y su comprensión de la información.

¿Qué es el consentimiento informado en ortopedia y Traumatología?
¿CÓMO SE HACE? En ortopedia y traumatología deben existir algunos elementos que no pueden faltar en todo Consentimiento Informado en lo que se refiere a posibles complicaciones: Revelación por parte del cirujano del procedimiento, su técnica y la relación entre los beneficios y las posibles complicaciones.

2. ¿Qué pasa si no entiendo algún término médico en el Consentimiento Informado?
Es su derecho y responsabilidad pedirle a su médico que le explique cualquier término o concepto que no entienda. El Consentimiento Informado debe ser presentado en un lenguaje comprensible y no sesgado. No dude en pedir aclaraciones hasta que se sienta completamente informado.

3. ¿Puedo negarme a un tratamiento después de haber firmado el Consentimiento Informado?
Sí. Usted tiene el derecho de revocar su consentimiento en cualquier momento antes de que el procedimiento comience, incluso si ya lo ha firmado. Su autonomía para decidir sobre su salud se mantiene durante todo el proceso.

4. ¿Qué sucede si el médico no me ofrece alternativas al tratamiento propuesto?
Un Consentimiento Informado completo debe incluir las alternativas de tratamiento disponibles, sus beneficios, riesgos y las consecuencias de no recibir ningún tratamiento. Si no se le ofrecen, debe solicitarlas a su médico.

5. ¿El Consentimiento Informado me protege de todas las complicaciones?
El Consentimiento Informado le informa sobre las posibles complicaciones conocidas y esperadas de un procedimiento. Sin embargo, no lo exime de la posibilidad de que ocurran eventos adversos imprevistos. Su propósito es asegurar que usted tome una decisión con pleno conocimiento de los riesgos inherentes.

¿Qué es un documento de consentimiento informado para ortodoncia?
En cumplimiento de la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se le presenta para su firma el siguiente documento: DOCUMENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA ORTODONCIA.

6. ¿Necesito un Consentimiento Informado para todos los procedimientos en ortopedia?
La ley general establece que el consentimiento es verbal por regla general. Sin embargo, se requiere por escrito para intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, y en general, para aquellos que implican riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre su salud. Siempre es mejor preguntar si tiene dudas.

Conclusión: Un Acto de Confianza y Respeto

El Consentimiento Informado trasciende las barreras puramente legales o jurídicas, convirtiéndose en un monitor de la realidad en la relación médico-paciente. Se transforma en un predictor del proceso deontológico real del cirujano ortopedista, y es una herramienta fundamental para mejorar en muchos campos y favorecer la toma de decisiones informadas. Es un elemento de radical trascendencia en la práctica médica y engloba cualquier procedimiento, tratamiento o proceso investigativo.

Al entender su importancia, los profesionales de la ortopedia deben transmitirla a sus pacientes y enseñarla a los residentes e internos, enalteciendo así la ortopedia como ciencia y como arte. El ortopedista debe tener claro que todos sus esfuerzos deben estar enfocados en lograr el bien y la mejoría de su paciente, apoyados en el ethos de su profesión, y no solo en lo legal o jurídico. Esto implica la madurez y la responsabilidad de asumir conductas éticas y, subsecuentemente, estar en capacidad de recibir críticas de las sociedades científicas o incluso sanciones legales. Solo así el acto médico podrá ser transparente y el ejercicio de la ortopedia, declarado ético.

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